Guía para las comprobaciones periódicas de seguridad de las carretillas de manutención

La norma UNE 58452, vigente, “Guía para las comprobaciones periódicas de seguridad de las carretillas de manutención”, establece los criterios para realizar comprobaciones periódicas de seguridad en carretillas elevadoras como complemento a las de mantenimiento del fabricante.

Con el fin de mejorar la seguridad de las carretillas en España, el Grupo de Trabajo de Carretillas Elevadoras de FEM-AEM (fabricantes e importadores exclusivos) y los distribuidores independientes agrupados en AECE, lo que supone la práctica totalidad del mercado, hemos llegado a un acuerdo para utilizar la citada Norma 58452 a partir del ….../……./2026.

De esta forma, a partir de esa fecha, en los periodos que corresponda, y como mínimo una vez al año, todas las carretillas elevadoras se someterán a una comprobación periódica, basada en esa Norma, que será independiente de las revisiones de mantenimiento.  

Además, gracias a la gestión de ambas organizaciones, el Ministerio de Industria y Turismo apoya esta decisión y ha si lo ha manifestado publicando en su página web una  nota con la Recomendación de uso. 

La Norma 58452, con una actualización conveniente para adecuarla a la realidad tecnológica actual, persigue comprobar la seguridad de uso y sin peligro para el entorno, cumplir con los requisitos de desplazamiento y elevación, identificar defectos y señalar su corrección, y verificar todos aquellos elementos que influyen en la seguridad de las carretillas elevadoras.

Las comprobaciones periódicas las realizará personal competente en la periodicidad que marque la intensidad de su uso y el tiempo transcurrido desde la anterior comprobación, 4, 6 o 12 meses, según señala la Norma.

Esas comprobaciones incluyen:
- Todos los sistemas de manipulación de la carga (mástil, horquillas, cadenas, cilindros hidráulicos, mangueras y tuberías, capacidad de carga, etc.).
- Sistema de frenado.
- Sistema de dirección.
- Elementos de tracción y rodadura (ruedas, escapes, baterías, líquidos, hidráulica, etc.).
- Sistemas de seguridad.
- Estructura general.

Una vez realizada la comprobación se emitirá un informe que el propietario de la carretilla deberá conservar, como mínimo, hasta la siguiente comprobación. En ese informe se determinará la aptitud de la carretilla para continuar con su labor o si debe realizarse alguna corrección.

Igualmente, se entregará una pegatina donde figurará la fecha de comprobación y la de la siguiente (4, 6 o 12 meses) en función del uso actual. Esa pegatina deberá adherirse a la carretilla elevadora en lugar visible.    

El Grupo de Trabajo de Carretillas Elevadoras de FEM-AEM (fabricantes e importadores exclusivos) asume desde este momento este compromiso sectorial y velará por su cumplimiento, que elevará el nivel de seguridad de las máquinas sometidas a esta comprobación periódica complementaria, contribuyendo a un entorno más seguro para personas, infraestructuras y mercancías.